AYUDAS DEL IVACE PARA LA ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS DE ENERGÍAS ALTERNATIVAS

AYUDAS DEL IVACE PARA LA ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS DE ENERGÍAS ALTERNATIVAS

(PROGRAMA MOVES III-VEHÍCULOS CV)

El DOGV publicó el 19 de julio de 2021, la convocatoria de ayudas del IVACE para la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible dentro del programa de incentivos a la movilidad eléctrica (MOVES III-Vehículos Comunitat Valenciana), y por la que se convoca la adhesión de concesionarios y puntos de venta de dichos vehículos.

 

A continuación se exponen las principales cuestiones a tener en cuenta:

 

Beneficiarios

  1. Personas jurídicas cuyo número de identificación fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, R o W, que tengan su domicilio social en la CV, o bien que desarrollen su actividad, cuenten con una sede y tengan parte de su plantilla en la CV.
  2. Entidades de conservación de polígonos o sociedades agrarias de transformación cuyo NIF comience por V.
  3. Profesionales autónomos/as con domicilio en la CV y estén dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
  4. Personas físicas, mayores de edad (excepto casos de discapacidad), con residencia en la CV, no incluidas en el anterior apartado.
  5. Comunidades de propietarios/as con domicilio en la CV.
  6. Entidades locales.

 

Objeto

 Adquisición directa o por medios de operaciones de leasing financiero o arrendamiento por renting (leasing operativo) de vehículos nuevos, matriculados por primera vez en España, con fecha de factura de compraventa y matriculación posterior a la fecha de solicitud de la ayuda en el caso de los beneficiarios 1, 2 y 6 con actividad económica, y posterior a 9 de abril de 2021 para el resto.

 

También se subvencionarán los vehículos eléctricos y de pila de combustible de categorías M1, N1, L3e, L4e y L5e, con hasta 9 meses de antigüedad con titularidad del concesionario, punto de venta o fabricante-importador/a que realice la venta (vehículo de demostración).

 

Vehículos incentivables

  • Categorías: turismos M1, furgonetas o camiones ligeros N1 (masa máxima en carga admisible hasta 3,5 toneladas), cuadriciclos ligeros y pesados L6e y L7e y, motocicletas L3e, L4e y L5e.
  • Los vehículos susceptibles de incentivo deben figurar en la base de vehículos del IDAE y cumplir los requisitos indicados en el Artículo 3 de la Convocatoria.
  • No es obligatorio achatarrar un coche, aunque se dará un importe de ayuda superior si acredita la baja definitiva en circulación de un vehículo con antigüedad superior a 7 años.

 

Ayudas 

  • Las cuantías varían en función del tipo de vehículo, del solicitante (particulares autónomos y entidades, pymes o gran empresa) y de si existe o no achatarramiento de un vehículo antiguo. Para los particulares, en caso de no achatarrar un vehículo, las ayudas para la compra de un vehículo eléctrico puro ascenderán hasta los 4.500 euros y 2.500 para los enchufables.
  • En el caso de las motocicletas eléctricas, el incentivo puede llegar a los 1.300 euros con achatarramiento y de 1.100 euros sin mandar al desguace un vehículo.
  • El precio del vehículo eléctrico no podrá exceder los 45.000 euros, a excepción de los modelos eléctricos de ocho o nueve plazas, los cuales podrán alcanzar los 53.000 euros. En el caso de las motos eléctricas, su precio no podrá sobrepasar los 10.000 euros.
  • Asimismo, la compra de furgonetas eléctricas por parte de los profesionales autónomos, se subvencionará con hasta 9.000 euros en caso de que el usuario achatarre su viejo vehículo y con hasta 7.000 en caso de que no lo haga.
  • Además, el programa Moves III proporciona ayudas de un 10% adicional a actuaciones en municipios de menos de 5.000 habitantes tanto para la instalación de infraestructuras de recarga en estos territorios como para la compra de vehículos por parte de personas que estén empadronadas en ellos. También dota con un 10% extra la ayuda que reciben las personas con movilidad reducida.

Estas ayudas son incompatibles, con cualquier otra subvención o ayuda para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración, o entes públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

 

Plazo y solicitudes

 

Desde el 29 de julio de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023. Si se produce un agotamiento del presupuesto disponible antes del cierre del programa, las solicitudes que se presenten, se registrarán en lista de reserva provisional, y serán atendidas cuando se produzcan desestimaciones, desistimientos, renuncias o revocaciones. La ayuda se tramitará telemáticamente a través de un concesionario/punto de venta adherido al programa MOVES-Vehículos de la Comunitat Valenciana.

 

Adhesión de concesionarios y puntos de venta

 

Podrán adherirse las empresas autorizadas para la comercialización de vehículos que acrediten estar dadas de alta mediante el epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) 615.1 o 654.1 y tengan su domicilio, sede social o establecimiento en la Comunitat Valenciana, conforme a lo establecido en artículo 13 de la convocatoria. La adhesión de los concesionarios/puntos de venta, se realizará a través del siguiente enlace y, comprenderá del 22 de julio de 2021 al 30 de noviembre de 2023.

 

De estar interesado, no dude en contactarnos. Nuestro equipo de profesionales le podrá asistir en la tramitación de la ayuda.

 

Atentamente,